En tal incumbencia los servicios profesionales vinculados con la abogacía y la tributación son brindados a través de nuestra área penal tributario que se integra con su antecedente necesario, comprensivo de la defensa frente a las actuaciones administrativas generadas por el organismo recaudador para la determinación de oficio de los tributos y/o de la confección de las actas de liquidación de deuda vinculada con los recursos de la seguridad social y otras cuestiones relativas a ese particular accionar.
La idea en este campo, es ofrecer un servicio especial –asesoramiento permanente, preventivo y específico en esas áreas- que según nuestra experiencia casi siempre se toma cuando existe una crisis y no como algo previo que es lo que aquí se ofrece. Esta forma de proponer el servicio aporta muchas ventajas para la empresa: en primer lugar: la inmediatez; en segundo lugar el conocimiento por parte de la empresa y del profesional que redunda en una mejor comprensión y solución del problema que se trate, en tiempo real. En tercer lugar los costos de honorarios ante una determinada contingencia son absolutamente menores que si se recurre a un profesional por decisiones de emergencia ante un hecho consumado y empezando “desde cero”. Los directivos, además están permanentemente asesorados y se resuelven problemas de procedimiento fiscal desde su origen en el establecimiento que, en general, según nos indica nuestra experiencia, si son mal definidos representan inconvenientes futuros a la empresa y a sus responsables que redundan, a veces, en difíciles soluciones.
La ponderación de la utilidad del servicio ofrecido es muy sencilla para ustedes desde que el servicio ofrecido se concreta con una entrevista y consulta y/o actuación profesional en el campo administrativo o judicial ya que a diferencia de la atención del tema laboral que permite un abono, en estos casos procedemos a percibir un honorario adecuado a la complejidad y extensión de la consulta y ponderamos en su favor el contar con ustedes en nuestra cartera de clientes. Es decir, no hay un abono para esta materia sino una prestación profesional y el pago del honorario ante la consulta específica o la actuación administrativa o judicial que se trate. La propuesta es útil y práctica para conducirse mejor dentro de la gestión empresarial, contribuye a la toma de decisiones en temas tan sensibles como los aspectos impositivos, de la seguridad social y penales, tópicos éstos que aparecen inexorablemente interrelacionados. En general, la contratación de un abogado o estudio jurídico se sustenta en alguna referencia o experiencia anterior con la empresa y/o con algún directivo, de allí que al no contar con esos antecedentes frente a ustedes, es que proponemos una entrevista personal donde no sólo se podrá suministrar más información, sino evacuar alguna duda que pudiera emerger de la misma reunión.
El costo del servicio- honorario de consulta- está íntimamente relacionado con la complejidad, cantidad y tipo de conflictividad que tuviere en el presente o en el futuro la empresa. Ante la existencia de actuaciones judiciales o administrativas estamos en condiciones de ofrecer un asesoramiento permanente y por razones lógicas, el patrocinio y la defensa en las causas administrativas y penales, en su caso.
En síntesis, el estudio ofrece a su empresa un servicio profesional de asesoramiento y actuación preventiva ante el inicio de una actuación administrativa del organismo recaudador, extensiva esa prestación al campo del derecho penal tributario así como a las actuaciones administrativas o judiciales que se constituyeran. Nuestra experiencia indica que es muy beneficioso para las empresas el contar con este tipo de servicios a los cuales se les puede añadir otras cuestiones afines y relativas a la vida diaria de la empresa y al manejo de los recursos humanos: sumarios internos, procedimientos de incautación, pre-constitución de pruebas, todo lo cual permite encauzar cuestiones internas que de no estar previstas generan escenarios desfavorables para la empresa con un alto grado de contingencia. Es por ello que de estar interesado en tener una conversación sobre los alcances del servicio y el modo de relacionarnos profesionalmente le solicitamos una reunión, sin cargo, en su empresa en día y hora a convenir o en nuestras oficinas también en día y hora a establecer.
En síntesis el Estudio cuenta con la apoyatura técnica que las empresas necesitan para atender los diversos requerimientos y actuaciones llevados a cabo por el Fisco, y brinda asesoramiento en materia tributaria y de seguridad social, en el orden nacional, provincial y municipal, con el objeto de evaluar la incidencia de dichos aspectos en las decisiones empresarias, y optimizar la situación de competitividad de las organizaciones desde el punto de vista fiscal.
Asimismo ofrece a sus clientes los servicios de preparación y revisión de las determinaciones tributarias, y la posibilidad de realizar auditorías que permitan definir un diagnóstico de la situación fiscal de las empresas y sus probables contingencias, como también el desarrollo de un planeamiento fiscal tendiente a optimizar la incidencia de los tributos y adelantar los probables escenarios de actuación de los directivos de las empresas.
- Area penal
El Estudio brinda su asesoramiento e intervención en sede policial o judicial en Capital Federal y la Provincia de Buenos Aires ante la eventualidad de suscitarse casos penales. El alcance del servicio abarca los casos derivados de infracciones a las leyes laborales o de previsión social, fundamentalmente las del Régimen Penal Tributario (Ley 24.769 y sus modificaciones); y todas las infracciones al Código Aduanero (Ley. 22415); fraudes al comercio y a la industria, régimen penal cambiario y también aquellos derivados de problemas societarios (como administración fraudulenta, actos societarios indebidos, balances falsos, cheques sin fondos o falsificados e insolvencia fraudulenta). El servicio cubre tanto las defensas como la promoción de denuncias y querellas criminales, y los actos preliminares de investigación.- Area civil y comercial
El estudio cuenta con profesionales con conocimientos en derecho civil y han desarrollado una profunda experiencia en redacción y revisión de los distintos tipos de contratos -tanto de utilización habitual como en sus nuevas formas-, y en reclamos por daños y perjuicios de origen contractual y extracontractual, temas todos estos que resultan de particular importancia para el empresario de hoy.
El área de derecho comercial del Estudio asesora especialmente en todo tipo de cuestiones societarias, tanto en la preparación de la documentación destinada a la formación, transformación y disolución de sociedades, como en reforma de estatutos, aumentos de capital, emisión de acciones y otros títulos. También brinda su asesoramiento en materia de rescate de acciones, voto acumulativo y reducción de capital, reuniones de directorio y asambleas de accionistas, inscripción de sociedades extranjeras, UTE y agrupamientos de colaboración empresaria, refinanciación de pasivos, acuerdos extrajudiciales, concursos, quiebras y verificaciones de créditos. El Estudio ofrece asimismo a sus clientes un completo asesoramiento en materia de derecho de seguros, y promueve ejecuciones comerciales, hipotecarias y prendarias.
- Procesos Judiciales
Si bien el Estudio finca su acción principalmente en el asesoramiento jurídico preventivo a sus clientes, nuestros profesionales están en condiciones de intervenir en todo tipo de juicios, a iniciarse o que ya estuvieran en trámite, tanto en materia laboral, civil, comercial, penal o en lo contencioso-administrativo.
En materia de tributos impositivos y de la seguridad social, en el orden nacional, provincial y municipal, nuestros servicios incluyen determinaciones de oficio, repetición de tributos, acciones de amparo, impugnación de actos administrativos, asunción de defensas en materia penal tributario, aduanera, penal económico y clausuras de locales o establecimientos.
La actuación de nuestros abogados alcanza a las actuaciones judiciales y administrativas que pudieran tramitar ante los Juzgados de la Capital Federal y del Gran Buenos Aires, incluyendo las instancias previas de conciliación en aquellas jurisdicciones en las que se encuentren establecidas como obligatorias.